Un Avaluador, es la persona natural que posee la formación debidamente reconocida para llevar a cabo la valuación de un tipo de bienes.
Para poder ejercer la actividad valuatoria en Colombia, se debe estar inscrito y activo en una E.R.A (Entidad autoreguladora) y por consiguiente en el R.A.A (Registro Abierto de Avaluadores)
Es la actividad, por medio de la cual se determina el valor de un bien, de conformidad con los métodos, técnicas, actuaciones, criterios y herramientas que se consideren necesarios y pertinentes para el dictamen. El dictamen de la valuación se denomina avalúo.
SI, estamos en capacidad de realizar avaluos en todo el territorio nacional, siempre y cuando las condiciones de seguridad en la zona permitan que nuestros avaluadores no tengan riesgos en cuanto a su seguridad.
Nuestros avaluadores cuentan con la formación para realizar y dictaminar avalúos en 13 categorías, de acuerdo con el decreto 556 de 2.014. En la sección ALCANCE de nuestro menú, podrás conocer el alcance de cada categoría.
Los avalúos tendrán una vigencia de un (1) año, contados desde la fecha de su expedición o desde aquella en que se decidió la revisión o impugnación. Decreto 1420 de 1.998